Las grandes “minorías” disidentes y originarias   y algunas reales necesidades en Chile, durante el siglo XXI.-

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Por : Karen Astorga Tejerina.

Los pueblos originarios y las leyendas están presentes en la mayoría de las  obras de Sonia Montecino, quien se caracteriza por el cruce de diferentes campos tradicionales: la literatura y la antropología, la enseñanza en el aula y el trabajo de campo; la participación en centros de estudio de género, así como también  la creación de propuestas,  que sirvan de base para abordar desde nuevas perspectivas,  las tensiones vigentes entre las minorías desplazadas y quienes ostentan el poder en Chile.

Esta gama de intereses, produce una escritura caracterizada por el diálogo y tanto en su obra ensayística como en la narrativa, Sonia Montecino nutre la postura de la mujer; la que está situada en los relatos con infinitas voces, que cruzan sus textos que provienen de sus trabajos de investigación, de la literatura oral y escrita.

En esta manifestación escrita , Sonia Cristina Montecino Aguirre; antropóloga y escritora chilena, obtuvo el Premio Nacional de Humanidades y Ciencias Sociales en Chile en el año 2013 .

Para Sonia Montecinos, la mujer es como: una bruja, curandera, madre, santa y prostituta, la que al mismo tiempo responde a; «arquetipos de la mujer en Chile que se proyectan desde la tradición indígena, hasta nuestra sociedad contemporánea configurando un sistema en donde la mujer, ciudadana de segunda en la esfera pública, ejerce, desde siempre, un poder que, a través de corrientes subterráneas, se apropia de los ámbitos esenciales de la vida» -señala-.

Tomando como referencia a Sonia Montecinos, es aún más urgente el interés , la investigación y la denuncia, sobre lo que es vivir y cambiar de piel, de forma, de género y de gusto; parece ser un tópico que “no cambia”; y es que desde “siempre” los seres humanos, a pesar de llevar un género a cuestas, han buscado algo más; algo que siquiera lo podría dar la “identidad” como regla civil de un estado.

En Chile, en el mes de septiembre de 2018, el Congreso aprobó la Ley de Identidad de Género. Gracias a esto, las personas mayores de 18 años podrán modificar su nombre y sexo legal en el Registro Civil, a través de un trámite administrativo.

Al mismo tiempo, podríamos preguntarnos qué es la identidad y quien la otorga, así como también ¿Por dónde se abren las brechas que avanzan hoy, desarticulando la colinealidad del poder, y cómo hablar de ellas? o ¿Qué papel tienen las relaciones de género en este proceso?.

Cabe pensar entonces, que toda pregunta que “supone o anula” al sujeto, en cuanto a su observación y desarrollo en un rol o género; estaría siempre bajo otras necesidades, y que estas “otras” solo aparecen en cuanto a la importancia que cada individue, sociedad, cultura y religión otorgue a la misma.

 Las brechas en esta   línea de desarrollo humano o condición de género , estarían también entonces determinadas por más que una sociedad o cultura; y solo esto se anularía, si este rol no fuese determinado por otres sujetos en el caso de las sociedades patriarcales, que son las que ponen el “valor” en el cuerpo femenino y masculino es toda su dimensión, de “género o disidencia” , ya sea  “estética o de condición ”.

En las sociedades actuales, también se puede ver como se reacciona frente a  un asesinato de una mujer que “viste provocativamente versus a una monja, que viste recatadamente” o frente a la muerte de una “prostituta o de una paria” o asi también con las vestimentas de pueblos originarios lejos de su «territorio y su cultura» , deben ser modificados para esta otra cultura, que es regulada por el mismo Estado y también, por cierto sector «social y politico», que influye de manera «irregular», según se pronuncia la misma ley .

En consecuencia; aquellas personas, empresas, instituciones, colegios etc. que deseasen o intervengan , con la vestimenta o identidad que el individue use o manifieste , (en mercado laboral por ejemplo) , el empleador no debiese intervenir en dicha condición o desición, sin ser sancionado y asi mismo con otras instituciones que condicionen la misma; a no ser que estas vestimentas fueran para prevenir riesgos dentro de las labores que se justifiquen.

En cuanto a la ley , en 1966 las Naciones Unidas aprueban una serie de garantías que tienen por objetivo lograr una permanente y progresiva mejora en las condiciones de desarrollo de las personas y los pueblos; ley que es ratificada por Chile en 1972.

El derecho a la ropa, junto con el derecho a la alimentación y el derecho a la vivienda, son partes del derecho a un nivel de vida adecuado como se reconoce en el artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC). ratificada por Chile desde hace más de 50 años; pero ¿es lo mismo arropar que vestir? .

Claramente aún mantenemos leyes en Chile, que datan desde los orígenes de la legislación laboral entre los años (1924-1931).  en donde los «hombres» eran clasificados entre los de «cuello y corbata», (como se denominaba a los empleados), cuya diferencia con los obreros residía (además de la ropa de «gañan») , en el predominio en sus labores del esfuerzo intelectual sobre el físico.

Sin siquiera mencionar a las mujeres en Chile, que desde el año 1850, salieron de sus casas a trabajar y ya, en el año 1905 presentaban demandas laborales buscando «justicia e igualdad».-

Sin duda que ambas líneas, se encuentran bajo un juicio de valor que esta determinado por una sociedad que pone juicio y valor a los sujetos; estas distancias se hacen cada vez más notorias cuando se trata de minorías. 

La falsa disyuntiva entre los derechos de las así llamadas “minorías” y la de  niños, niñas y mujeres y  el derecho a la diferencia, incluyendo de esa misma lógica a los Pueblos Originarios en la sociedad actual y las labores que desarrollan, llegan a una capital u otras regiones por ejemplo, y su vestimenta está también “fuera” de lo estéticamente aprobado por la sociedad; la cual no tiene o rechaza la identidad , sino que es regulada por un mismo Estado.

En consecuencia, en donde ponemos o buscamos la ley; es donde el sujeto se anula o prevalece a ojos de una sociedad quien entrega un determinado rol dentro de la propia existencia; y es entonces cuando la ley, los valores y el sujeto; se transforman antes que en una condición en una búsqueda de identidad, que no deberia estar precisamente condicionada por la estética.

Es por esto que también debería ser rol del Estado, velar tanto por la salud física como mental de cualquier “sujete” que, como derecho pueda mantener “estabilidad física y emocional” debidamente atendida en estas transiciones , que también aplican al cambio o uso del vestuario.

La importancia que tiene este derecho, para “aquelles”, que deciden «cambiar de sexo»; ya que su transformación no pasa solo por cirugías del cuerpo, sino que deberia atender también, su transición (para las diversas disidencias); en necesidades como: hormonas, cirugias, familias, entorno, los costos, rehabilitación, sicologos, escuela, vestimenta, accesorios, piercings o tatuajes, con el cual se sienta identificad@ el sujete.

Para finalizar este texto y mencionar algunas de las diversas deudas que tiene el Estado con sus «minorias» , es de suma importancia destacar y mencionar a esta otra paria , las que dejan sus tierras y culturas por ejemplo, nuestros Pueblos Originarios (porque ahí tampoco llega el Estado). quienes son discriminad@s y obligados a usar vestimentas que «esconden, anulan o disimulan» sus origenes; cómo si «vestir» según sus códigos, amenazara el contructo de «normalidad y sociedad», que ya debería estar en avanzada y acuerdos en cuanto a leyes y derechos .

Se necesitan con urgencia  soluciones que se ajusten a las reales necesidades, de estas “tremendas llamadas “minorías” , llamense disidencias, culturas, identidad de género, gustos o simplemente «ciudadan@s».

¿ Y tú qué otra necesidad de parias o disidentes agregarias?

Bibliografía:

http://bibliotecadigital.indh.cl/handle/123456789/898

(https://www.memoriachilena.gob.cl/602/w3-article-31663.html

https://www.memoriachilena.gob.cl/602/w3-article-

3633.htmlhttps://cinechile.cl/pelicula/soy-nino/

NO PUEDES DEJAR DE VER EL DOCUMENTAL «SOY NIÑO», QUIEN NARRA EN PRIMERA PERSONA, GRAN PARTE DEL CONTENIDO DE ESTE TEXTO. (APRETAR LINK DE PARA IR AL DOCUMENTAL)
Soy niño
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1 comentario

  1. Fernando De Calisto dice:

    Gracias por la columna!!!

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